Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Tribunal de Juicio Nº 1
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta



ACTA DE INHIBICION


Yo, JUNEIMA DEL VALLE CORDERO BARRETO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Personal número 9.429.496, actualmente a cargo del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Numero 1 del Circuito Judicial del Estado Nueva Esparta, por medio de la presente declaro que; A lo fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, ME INHIBO DE CONOCER LA PRESENTE CAUSA, siendo los motivos de mi inhibición los siguientes: PRIMERO: Actualmente cursa asunto por ante este tribunal signado con el número OP01-V-2005-000002, donde aparece como demandado los ciudadanos Manuel Enrique Furio y la ciudadana Rosa Maria Urbina de Furio, a quien la profesional del derecho Abg. Haydee Valenzuela, le demando por concepto de Intimación de Honorarios profesionales. SEGUNDO: En conocimiento que tengo del presente Asunto, en fecha de hoy, toda vez que de la revisión de los expedientes se constato de que el mismo no había sido reflejado en el inventario de causas entregadas para el 6 de Marzo del presente año, en virtud de la distribución anual, fecha en la que tome posesión al cargo de juez., quien aquí suscribe la presenta acta de Inhibición procedió a la revisión de las actuaciones que corren insertas en el presente asunto, evidenciando que los documentos que dan fundamento por parte de la demandante Abg. Haydee Valenzuela, para fundamentar su solicitud, en contra de los dEMANDADOS, CIUDADANOS MANUEL ENRIQUE FURIO Y LA CIUDADANA ROSA MARIA URBINA DE FURIO, lo constituyen documentos que fueron suscritos por mi persona, cuando me desempañaba como Notario Publico de la Notaria Publica de Pampatar, por lo que tengo conocimiento de los mismos, al suscribir la notas autenticadas de cada uno de los documentos que consigna la demandante. Frente a esta circunstancia particular, me veo en la imperiosa necesidad de conocer el presente asunto, toda vez que mi imparcialidad se ve afectada, ante esta situación, como lo es la de tener conocimiento directo de cada una de las transacciones llevadas a cabo por las partes, tal como se puede verificar de las notas de autenticación suscritas por mi persona, de los documentos presentados por la demandante, en cuanto a la posible decisión que a bien yo pudiera tener, que podría afectar alguna de las parte de la presente causa, lo que hace repercutir en mi estado de animo, en cuanto conocer de la misma y en virtud en que los jueces debemos ser imparciales en todo momento, considero en este caso necesario, INHIBIRME, en la presente causa, como en efecto lo hago, de conformidad con el artículo 86 numeral 8° en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Deseo manifestar que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha definido la inhibición como un deber jurídico, un deber procesal, ético, y que necesariamente busca la separación, la escisión de la causa, por una razón prevista en la ley, denominada causal de recusación, por lo antes expuesto se hace necesario INHIBIRME del presente asunto. Solicito ante la Corte de Apelaciones que, quien conozca de la presente inhibición, que al momento de decidir la misma, de aplicación al fallo de fecha 29.11.2000, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, donde se estableció:

“Es necesario señalar en este punto, que el legislador
estableció una presunción de verdad respecto a lo dicho
por el Juez en el acta de inhibición; se presume
la veracidad de los hechos que la fundamentan…”

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena remitir el presente expediente a la oficina de Alguacilazgo, para que sea distribuido entre los demás Tribunales de Control de este Circuito Judicial Penal.
Aperturese cuaderno de incidencias, contentivo de la presente inhibición, y remítase a la Corte de apelaciones de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que decida sobre la inhibición planteada.

Se anexa Inhibición presentada por mi persona la cual también guarda relación con el presente asunto, la cual, fuera declarada con lugar por dicha Corte de Apelaciones.

La Asunción a los seis (06) de Julio de 2006.


JUNEIMA CORDERO BARRETO.



ASUNTO: OP01-V-2005-000002.