REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 23 de febrero de 2006
194º y 145º
ACTA DE AUDIENCIA

Nº DE EXPEDIENTE: OP02-L-2005-000605
PARTE ACTORA: Teresita Del Valle Castellano Stredel (No Compareció)
PARTE DEMANDADA: Electro Locura, C.A.
ASISTIDOS POR LA PARTE: Yelitzer Mendoza Y Luigina Labreta
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, veintitrés (23) de febrero de 2006, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el Nº OP02-L-2005-000605, se constituye el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTINEZ, con la asistencia del secretario abogado YHOANN RODRIGUEZ, anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal. Encontrándose presentes la ciudadana Lilamar Virginia Barroso García, titular de la cédula de identidad Nº 12.674.658 en su carácter de representante de la empresa demandada Electro Locura, C.A., asistida por los Abogados Yelitzer Mendoza Y Luigina Labreta, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 61.856 y 36.389. En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,

Abg. GRICELDA MARTINEZ

PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO,


Abg. YHOANN RODRIGUEZ