REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 13 de febrero de 2005
195º y 146º
ACTA DE AUDIENCIA

Nº De Expediente: OP02-L-2005-000245
Parte Actora: Luís Alberto Villarreal (No compareció)
Procuradora Especial de trabajadores Abg. Luz Cuesta
Parte Demandada: Restaurant Yaque Paradise C.A.
Apoderada De La Parte Demandada: Mirian Chacon y Juana Chacon
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy, trece (13) de febrero del año dos mil seis (2006), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el Nº OP02-L-2005-000245, se constituye el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez GRICELDA MARTINEZ CEDEÑO, con la asistencia del secretario abogado YHOANN RODRIGUEZ, anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal. Encontrándose presentes la Procuradora Especial de trabajadores Abg. Luz Cuesta e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 49.502 y la Abogada Mirian Chacon, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.972; según se evidencia de Poder Especial de fecha 13-02-2006, en representación de la empresa demandada. En este sentido, el tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,

Abg. GRICELDA MARTINEZ CEDEÑO
PROCURADORA DE TRABAJADORES LA PARTE DEMANDADA


EL SECRETARIO,

Abg. YHOANN RODRIGUEZ