Porlamar, 18 de enero de 2006
195° y 146°

Vista la TRANSACCIÓN de fecha 17 de enero de 2006, suscrita por las partes en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, siguen los ciudadanos ANGELO LO MASCOLO STELLA Y ANNA SANFILIPPO DE LO MASCOLO, ambos de nacionalidad italiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-694.488 y 816.748, respectivamente, cuyo domicilio procesal se encuentra fijado en el Escritorio Jurídico “Verde Rojas”, Edificio Residencias Panerco, Piso 2, Oficina 2-A, Avenida 4 de Mayo, al lado de Galerías Fente de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en Ejercicio CARMEN VERDE ALDANA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.973.143, e inscrita en el Inpreabogado Bajo el Nº 35.267, contra la ciudadana GLORIA PATRICIA VILLEGAS DE ZAPATA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.476.407, domiciliada en el Edificio Torre Plaza, Piso 7, Apartamento 07-D, Avenida 4 de Mayo de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio AMAL SALMEN ROCCA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.522.860 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.150, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a la solicitud de Copias Certificadas, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se ordena expedir dos (2) juegos de Copias Certificadas de la diligencia que corre inserta al folio treinta y siete (37), del escrito de transacción que corre inserto a los folios treinta y ocho al cuarenta y uno (38 al 41) y del presente auto de homologación., para lo cual se autoriza suficientemente al ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ, Funcionario de este Tribunal, para que retire el expediente del Juzgado a los fines de su fotocopiado y posterior devolución y quien firmará junto a la Secretaria de este despacho todas las copias y su certificación. CUMPLASE.-
EL JUEZ.


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
MML/AVC*gms.-
Exp. Nº. 06-1029.-