REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Vista la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN ALFONZO MORAO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.055.486, debidamente asistida por el abogado ROBERTO ROJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 7.701, este Tribunal por cuanto considera que la misma no es contraria al orden público ni a las buenas costumbres o algunas disposiciones expresas de la Ley, la admite.
Señala la solicitante que en su Partida de Nacimiento asentada bajo el N°. 66, vuelto del folio 37, del Libro de Registro Civil de Nacimientos correspondiente al año 1.980, llevados anteriormente por la Alcaldía del Municipio Guevara, Distrito Gomez del Estado Nueva Esparta adolece de un error material, toda vez que aparece erróneamente escrito su nombre como ELIZABEHT DEL CARMEN, siendo lo correcto ELIZABETH DEL CARMEN.
Ahora bien, toda vez que en los documentos que cursan a los folios 4 al 8, copia certificada del Acta de Nacimiento, copia fotostática de la cédula de identidad, copia certificada de Acta de Matrimonio, copia fotostática del título de bachiller en Administración Mencion Administración de Personal y copia fotostática del Título de Tecnico Superior Universitario en Administración, que son documentos públicos con fuerza atribuida en el artículo 1.360 del Código Civil, se evidencia claramente el error alegado.
Este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara con lugar la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento de la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN ALFONZO MORAO.
En fuerza de las consideraciones expresamente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento de la ciudadana ELIZABETH DEL CARMEN ALFONZO MORAO, ya identificada, asentada en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante la Prefectura de la Parroquia Guevara, Municipio Autónomo Gómez del Estado Nueva Esparta, asentada bajo el Nro. 66 vuelto del folio 37, correspondiente al año 1.980.
SEGUNDO: Se ordena corregir la referida acta de la siguiente manera: “Que donde aparezca identificada como ELIZABEHT DEL CARMEN, debe decir ELIZABETH DEL CARMEN, que es como verdaderamente corresponde.
TERCERO: Ofíciese lo conducente a la Prefectura de la Parroquia Guevara, Municipio Autónomo Gómez del Estado Nueva Esparta y al Registrador Principal respectivo, a los fines legales consiguientes.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, DEL Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción a los Veinticinco (25) días del mes de Enero de Dos Mil Seis (2006). AÑOS: 195° y 146°.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. DARWIN RIVERA VELASQUEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. MARIA LEON LAREZ.
DRV/ML/gdbm-
EXP. Nº. 8978-06.-
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previa las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. MARIA LEON LAREZ
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