REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 30 de Enero de 2006
195º y 146º


Revisadas como han sido las actas que conforman la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por el abogado en ejercicio LUIS A. ALFONZO, con Inpreabogado N° 17.695, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YVONNE MARINA STEVENS, identificada en autos, tal y como se evidencia de instrumento poder (f.5 al 8) que corre inserto al expediente, este Tribunal observa que los recaudos acompañados en esta causa, no se encuentran debidamente legalizados, y en tal virtud, se impone para este Tribunal Negar la presente solicitud, de conformidad con lo previsto en el articulo 857 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.-