Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta.
Tribunal Segundo de Control
La Asunción, 18 de enero de 2007.
196° y 147°

Vista en Audiencia Preliminar la acusación presentada por la Dra. Mariteresa Díaz Díaz, en su carácter de fiscal quinta (A) del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, en la presente causa seguida contra el IMPUTADO JONNY BARCELÓ ADRIÁN, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, titular de la cédula de identidad Nº: 12.290.443, habiéndose debatido de manera suficiente los fundamentos de dicha acusación, este tribunal pasa a decidir de la siguiente forma:
El fiscal del Ministerio Público le imputa a Jonny Barceló Adrián la comisión del delito de lesiones culposas graves en perjuicio de la ciudadana Elisa del Valle Vásquez, cuando conducía su vehículo por la Carretera Nacional de San Juan Bautista, a la altura de El Espinal, quien al no tomar las previsiones necesarias cuando otro vehículo le daba paso a la ciudadana Elisa Vásquez, la atropelló con su vehículo, causándole lesiones a nivel del coxis y hematomas, que requirieron un tiempo de curación de veintiún días, según el informe del médico forense, Dr. Miguel Sánchez Jiménez, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
La defensa por su parte, niega, rechaza y contradice la acusación del Ministerio Público, solicitando el pase de las presentes actuaciones al tribunal de juicio a los fines de demostrar la inocencia de su representado. En consecuencia, al no haber irregularidad en la tramitación de la presente acusación, este juzgador la admite totalmente en contra de Jonny Barceló Adrián, plenamente identificado, siendo igualmente pertinente y necesarias las pruebas ofrecidas para el juicio oral por la representación fiscal, por su parte la defensa pública se acogió al principio de la comunidad de las pruebas. En consecuencia, se decreta la ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en la presente causa y se emplaza a las partes para que concurran ante el juez de juicio a quien corresponda conocer de ella, dentro del lapso común de cinco días siguientes, debiendo el secretario remitir a dicho juez las presentes actuaciones. En La Asunción, a los 18 días del mes de enero de 2007.
El Juez
Eduardo Capri Rosas
La Secretaria.
Abg. Lorena Lista
OP01-P-2006-004400.