REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1

La Asunción, 30 de Enero de 2006
196º y 145º

SOLICITUD N° OP01-P-2006-000334
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR y en consecuencia NIEGA LA ORDEN DE APREHENSION, solicitada por el Ministerio Público, en contra del Ciudadano DANIEL JESUS MATA, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinal 3° y 6° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANTONIO JOSE FIGUEROA MATA, por no concurrir los requisitos previstos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para ello, específicamente el contenido en el Ordinal 3°.
Notifíquese al Ministerio Publico del presente auto. Cúmplase.
El Juez de control No.1

Dr. JULIAN ANTONIO MILANO SUAREZ

La Secretaria,

Abog. JEIXY GERALDINE FANEITTE