REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACION

PRIMERO: Esta Juzgadora, observan que no están llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ahora bien, este Tribunal, de conformidad con el artículo 105 de la Ley Especial que rige la materia, este previa realización de experticia toxicologica al ciudadano Carlos Rafael Narváez Lobo y vista la solicitud del Ministerio Público, se acuerda la libertad del mismo; todo en atención al artículo 1 del Código Penal y articulo 49 ordinal 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Principio de Legalidad).-SEGUNDO: Se declara el consumo de la sustancia ilícita.-TERCERO: A los efectos de imponer el tratamiento definitivo, este Tribunal Acuerda: A)-Presentación del ciudadano Carlos Rafael Narváez Lobo, ante una institución Publica en este caso presentarse ante la Fundación José Felix Rivas, a los fines de disminuir y controlar el consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas mientras se obtenga el resultado final de los exámenes a realizar. B)- Se le hace saber al ciudadano que debe comparecer ante la Médicatura Forense a los fines de que se realice los exámenes médicos psiquiátrico psicológico y social, para determinar que tratamiento deba imponerse en definitiva, exámenes que se practicaran el día Jueves, 20 de Abril de 2006, a las 08:00 horas de la mañana. CUARTO: De conformidad con el artículo 119 en relación con el articulo 117 de la Ley Especial que rige la materia, se ordena la destrucción de la sustancia incautada Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal de la presente decisión. La ciudadana Juez declara concluida la presente audiencia, siendo las 2:20 horas de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ DE CONTROL N° 03

DRA. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS.

REPRESENTACION FISCAL.

Dra. NANCY ARISMENDY BONILLO.

DEFENSA.
ABG. MARIA INES RODRIGUEZ.

IMPUTADO.
CARLOS RAFAEL NARVÁEZ LOBO

LA SECRETARIA
Abg. ADELIS RIVERA VELASQUEZ.
Asunto N° OPO1-P-2006-001475.