REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2

La Asunción, 04 de abril del 2006.
195º y 146º

Vista la solicitud de sobreseimiento formulada por la DRA. YAMILET ARAUJO ROJAS, FISCAL SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, de conformidad con el artículo 318, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del imputado Carlos Enrique Cardona, este tribunal de control segundo pasa a decidir con base en los siguientes fundamentos:
I
Se inicia la presente investigación en fecha 15 de noviembre de 2002, en virtud del procedimiento iniciado por funcionarios adscritos al órgano de policía de investigaciones penales, luego de la denuncia interpuesta por la ciudadana Lucia Simosa Barrios, por la comisión de uno de los delitos contra la propiedad.
Fundamenta su solicitud la representación fiscal en la inexistencia de elementos de convicción procesal que certifiquen que el ilícito investigado es atribuible a Carlos Enrique Cardona, ya que sólo existe el dicho de la ciudadana denunciante, acta de inspección ocular en el sitio del suceso, el acta policial y declaraciones de algunos testigos, elementos de convicción estos que no aportan valor alguno a fin de establecer responsabilidad en contra del imputado identificado.
Este juzgador encuentra conforme a derecho los motivos expuestos por el Ministerio Público debido a que si la investigación no proporciona fundamentos serios para sustentar el enjuiciamiento público de Carlos Enrique Cardona, aquel está en la obligación de aportar los elementos que sirvan para exculparle del hecho que se le incrimina, de acuerdo con el artículo 281 ejusdem, siendo procedente su solicitud de sobreseimiento como acto conclusivo de la presente investigación, de conformidad con el artículo 318, ordinal 1° y 324, ambos del citado Código Adjetivo Penal. Así se decide.
II
En fuerza de los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este tribunal de control segundo del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena: el sobreseimiento de la presente causa iniciada en virtud de la denuncia interpuesta por la ciudadana Lucia Simosa Barrios, en los términos expuestos. Líbrense oficios de notificación al fiscal del Ministerio Público al imputado y a la víctima, de conformidad con los artículos 175, único aparte, 179 y 180 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia preliminar correspondiente al tribunal de primera instancia en lo penal en funciones de control segundo del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, a los 04 días del mes de abril del 2006.
El Juez
Eduardo Capri Rosas

La Secretaria
Abg. Luisandra Cazorla
C2: 835