REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2

La Asunción, 10 de abril del 2006.
195º y 146º

Vista la solicitud de sobreseimiento formulada por la DRA. MARITERESA DÍAZ DÍAZ, FISCAL QUINTA (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO del Circuito Judicial Penal de este Estado, de conformidad con el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal segundo de control, pasa a decidir con base en los siguientes fundamentos:
I
Se inicia la presente investigación en fecha 30 de abril del 2003, de conformidad con lo previsto en el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal, al tener conocimiento el Ministerio Público de la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, en virtud del procedimiento realizado por funcionarios adscritos a la Base Operacional N° 5 de la Policía del Estado Nueva Esparta.
Practicadas las averiguaciones tendentes al esclarecimiento del hecho investigado no se logró comprobar la comisión de delito alguno, pues se determinó que la víctima, ciudadana Belkis Arcay Lárez, no se presentó a fin de realizarse el examen médico forense y por ende proceder a calificar el grado de las lesiones supuestamente sufridas. Es cierto, tal como lo evidencia la representación fiscal que el hecho que generó la presente investigación no se realizó, siendo procedente ordenar el sobreseimiento, todo de conformidad con el artículo 318, ordinal 1° y 324, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
II
En fuerza de los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal segundo de control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ordena: el SOBRESEIMIENTO de la presente causa iniciada en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana Belkis Arcay Lárez, en los términos expuestos en el presente auto. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes, de acuerdo a lo previsto en los artículos 175, único aparte, 179 y 182, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia preliminar correspondiente al tribunal segundo de primera instancia en lo penal en funciones de control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, a los 10 días del mes de abril del 2006.
El Juez
Eduardo Capri Rosas

La Secretaria
Abg. Luisandra Cazorla
C2: 9624