REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN Y GÓMEZ

COMISION MERCANTIL N° 673:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Con Oficio N° 13750-05 de fecha 16/6/2005. Recibido el día 20/6/2005.
PARTE ACTORA: Darwin Rivera Velásquez, Endosatario en procuración del ciudadano Frank José Salazar Velásquez
PARTE DEMANDADA: David José Díaz Velásquez
MOTIVO: Cobro de Bolivares (Intimación) – Embargo Preventivo.
ESTADO ACTUAL: Devuelta Sin Cumplir al Juzgado de la Causa, por falta de impulso de la parte interesada en un periodo superior a los dos meses.


AUTO DE DEVOLUCIÓN (SIN CUMPLIR)

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO, GOMEZ, MARCANO Y DIAZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. LA ASUNCION, veintiuno (21) de Septiembre de 2005.-

195° y 146°

Revisada como ha sido la presente comisión y por cuanto de la misma se evidencia que desde el día veinte (20) de Junio del año 2005, hasta la presente fecha, han transcurrido dos (2) meses sin que la Parte Ejecutante haya dado Impulso Procesal ni haya instado el traslado del Tribunal a objeto de llevar a efecto la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO ordenada por el comitente, todo lo cual evidencia su falta de interés procesal, este Tribunal a los fines de garantizar la igualdad entre las partes, el derecho a la defensa, la celeridad procesal y una sana administración de justicia, y en acatamiento de Resolución N° 1 de fecha 13/7/2005, emanada de este Juzgado, acuerda remitir la presente comisión en originales y en el estado en que se encuentra al Juez de la Causa. Déjese copia certificada de la misma. Líbrese Oficio.-
LA JUEZ PROVISORIA,

Abg. IRINA DÍAZ FARRERA.

LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.
En la misma fecha se remite la presente comisión en originales y en el estado en que se encuentra, constante de (5) folios útiles, al Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, anexo a Oficio N°: 267-05, y se dejó copia certificada de la misma conforme está ordenado en el auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN MILANO VÁSQUEZ.


Com. N° 673

República Bolivariana de Venezuela.

Juzgado Ejecutor de Medidas de los
Municipios Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

La Asunción, veintiuno (21) de Septiembre de 2005.-
195° y 146°.


N° 267-05

CIUDADANO:
Juez del Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
SU DESPACHO.-


Adjunto al presente oficio remito a usted, comisión que fuera enviada a este Despacho, con Oficio N°: 13.750 de fecha 16/6/2005, que fuera librada en el juicio seguido por DARWIN RIVERA VELASQUEZ contra DAVID JOSÉ DÍAZ VELASQUEZ por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), en originales y en el estado en que se encuentra, constante de (5) folios útiles.-

Remisión efectuada para su debido conocimiento y demás fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACION,

Abg. IRINA DÍAZ FARRERA.
JUEZ PROVISORIA



IDF/cmv*.-
Anexo: lo indicado.
Com. N°: 673

“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”