REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 26 de Septiembre de 2005.-
195º y 146º

De la revisión efectuada a las actas procesales del expediente N° 20.702, contentivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA) interpusiera la Junta de Condominio de las Residencias BARTOLO Y DOÑA FELIPA contra la ciudadana ALESSANDRA PINTUCHI DE BECAGLI, no consta la practica de la intimación del ciudadano ALESSANDRO PINTUCHI KUJACA, identificado en autos, a los fines de que exhibiera el original del instrumento poder que le fuera conferido por la ciudadana ALESSANDRA PINTUCHI, para su representación, y siendo que no fue cumplido un requisito esencial para la validez del acto, este Tribunal, en atención con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, anula el acto realizado en fecha 22-07-2005 (f.148), y el mismo deberá realizarse al tercer (3°) día de Despacho siguiente a que conste en autos su intimación. Así se decide.-