REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, trece de Octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ACTA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2004-000389
PARTE ACTORA: Henry Epifanio Rivera Franco
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Analuisa Fernández Rodríguez
PARTE DEMANDADA: Servicios de Vigilancia Resguardo y Protección (SERVIRESPROCA) C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No compareció.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 13 de Octubre de 2005, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,


Abg. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO


EL SECRETARIO,


Abg. YHOANN RODRÍGUEZ

GMC/YR/hpr