REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 25 de Octubre de 2005
195° y 146°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos MANUEL JOSÉ GÓMEZ CEDEÑO y THATIANA MARTINA MARÍN CARREÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.538.970 y 15.202.990, respectivamente, domiciliados en Porlamar, Municipio Mariño de este Estado y debidamente asistidos por el abogado BLADIMIR ALFONZO, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 45.884 y en consecuencia, la Juez insta a las partes a reconciliarse y por cuanto no hubo tal reconciliación, declara dicha separación en la misma forma, términos y condiciones convenidas por los referidos ciudadanos de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.
Expídanse las copias certificadas que fueron menester, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples para su certificación.
LA JUEZA,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.-
LOS CONYUGES Y SU
ABOGADO ASISTENTE,
LA SECRETARIA,
bg. CECILIA FAGUNDEZ.
JSDC/CF/gdeo.-
EXP: N°. 8889-05.-