JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 18 de Noviembre de 2005
195º y 146º

Vista la diligencia anterior, suscrita por el abogado en ejercicio JERJES DORTA MARTINEZ, con Inpreabogado N° 109.444, en su carácter acreditado en autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS intentara la empresa FLOR DE FRANCIA, C.A. contra la empresa PANAMA HARBOUR SHIPPING Inc.; este Tribunal actuando de conformidad con lo solicitado, y por cuanto en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda, de conformidad con lo dispuesto en la norma del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Y ASÍ SE ESTABLECE