REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 15 de Marzo del 2005.
194° y 145°
Siendo la oportunidad para proveer en relación al decreto de la presente solicitud, este Tribunal observa:
- que la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES, fue presentada por la ciudadana FRANCISCA MARÍA DIAZ DE GONZÁLEZ, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos COSME ALBERTO, EIDEN RAFAEL Y FRANK RAFAEL GONZÁLEZ DÍAZ.
- que del acta de defunción del finado ciudadano EIDEN RAFAEL GONZÁLEZ LUNA, cursante al folio (11) del presente expediente se evidencia que el mencionado ciudadano estaba casado con la ciudadana FRANCISCA MARÍA DÍAZ DE GONZÁLEZ y que dejó cuatro hijos de nombre FRANK, COSME, EIDEN Y CRUZ
- que el ciudadano CRUZ, no fue incluido como heredero del de cuyus antes mencionado.
Bajo tales circunstancias, el Tribunal niega la expedición del decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos FRANCISCA MARÍA DÍAZ DE GONZÁLEZ, COSME ALBERTO, EIDEN RAFAEL Y FRANK RAFAEL GONZÁLEZ DÍAZ, en virtud de que el ciudadano CRUZ no fue incluido en la presente solicitud, a pesar de que en el acta de defunción conjuntamente con los ciudadanos antes mencionados aparece como hijo del finado ciudadano EIDEN RAFAEL GONZÁLEZ LUNA, quién de acuerdo a las normas contenidas en el Código Civil que regulan el orden de suceder, en su condición de Heredero debió ser incluido en la misma.
LA JUEZ

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LA SECRETARIA TEMPORAL

MARIA ISABEL LEÓN
JSC/MIL/gdeo
Exp. Nro. 1842-05