REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

La Asunción, 21 de Marzo de 2005


Visto que en fecha 03 de marzo del año 2005, este Tribunal se constituyo en la Base Operacional N° 4 de la Policía del Estado en el Sector de la Urbanización de Villa Rosa, Municipio García, Estado Nueva Esparta, pudiendo constatar en dicha visita, que en los calabozos de dicha Institución Policial, se encuentra recluido en calidad de custodia, el ciudadano JESUS HERMINIO GONZALEZ SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.307.907, a quien en fecha 23/12/2003, el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante auto ordenó se mantuviera a dicho ciudadano en la menciona Base Operacional, a los fines de que con las seguridades del caso coordinase el traslado del prenombrado ciudadano al Centro especializado de enfermos mentales, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar. Asimismo, dicho Juzgado dispuso el solicitarle colaboración al Cuerpo de Bomberos de este Estado y al Director de Defensa Civil, para que coordinasen las medidas de seguridad indispensables con la Coordinación Regional de Salud Mental del Estado Nueva Esparta para hacer efectivo el traslado y posterior ingreso del mencionado ciudadano al citado centro especializado. En consecuencia y visto que hasta la presente fecha, no se le ha dado cumplimiento a ordenado por el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con el artículo 515 en concordancia con el 479, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se Ordena ratificar los Oficios de fecha 23 de diciembre de 2003, dirigidos por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal al Coordinador Regional de Salud Mental del Estado Nueva Esparta, al Coordinador Jefe de Defensa Civil del Estado Nueva Esparta y al Coordinador Jefe del Cuerpo de Bomberos del Estado Nueva Esparta. Asimismo y visto que a la foliatura que integra la presente causa no cursa notificación de lo decidido por el mencionado Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal a la Base Operacional de la Policía del Estado, se ordena oficiar lo conducente, anexándole auto contentivo de la decisión indicada, de fecha 23/12/2003.
Regístrese, Notifíquese y Cúmplase
LA JUEZ DE EJECUCIÓN


Dra. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS
LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES





En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo Certifico.-



LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES







CAUSA N° 2793/03