REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

La Asunción, 7 de Junio de 2005


Visto el Oficio N° 1C-167/05, procedente del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, a través el cual, remite anexo al mismo, la causa N° 1C-8407-4 de la nomenclatura e ese Juzgado, a los fines de que se determine lo relativo al control y tramite lo necesario para la ejecución de la condena impuesta; y, a los fines de decidir este Tribunal observa: Que de la dispositiva del fallo, cursante al folio noventa y cuatro (94) de dicha causa, consta al punto “…PRIMERO: DECLARA QUE HA OPERADO EN EL PRESENTE CASO LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del imputado HECTOR GREGORIO MATA MARVAL…” Asimismo, de dicha decisión se extrae el que se exime al prenombrado ciudadano del pago de Costas Procesales. En consecuencia, este Tribunal con fundamento en lo preceptuado en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, por cuanto no existe quantum de algún tipo de pena impuesta sobre la cual practicar el cómputo correspondiente y la consecuente ejecución de la pena. En consecuencia, se ordena oficiar al Tribunal de Control N° 01, anexándole la presente causa devuelta, a los fines legales consiguientes.
Regístrese, ofíciese y remítase lo conducente, publíquese, cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN


Dra. AVILAMAR ALVAREZ RIVAS



LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES





En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo Certifico.-




LA SECRETARIA


Abg. MONTSERRAT PALLARES







CAUSA N° 000368