"...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial de este Estado, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derecho de terceros, declara a la ciudadana: REGULA PASTORA ROMERO, plenamente identificada en autos, como la UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante JOSE GREGORIO ROMERO..."