"...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial de este Estado, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo en todo caso los derecho de terceros, declara a los ciudadanos: CLAUDIO TRANQUILLINI SERDOZ, DANIELA FLORA MARIA TRANQUILINI SERDOZ, TANIA TRANQUILLINI SERDOZ, plenamente identificados en autos, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante NIDIA SERDOZ DE TRANQUILLINI..."