REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: 5270/03.-
PARTE ACTORA: Ciudadano WILMER JASPE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.992.477.
DEMANDADA: EMPRESA “CORPORACIÓN CASTLE, C.A.”, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES (LABORAL).
En el día de hábil de hoy, doce (12) de Enero del año dos mil cinco (2005), siendo las once (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció el acto a las puertas del despacho, por el Alguacil del Tribunal, no compareciendo al acto ninguna de las partes, por lo que así se hace constar y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera DESISTIDO EL PROCEDIMINTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez Temporal,
Dra. ELIDA SUAREZ VELÁSQUEZ
La Secretaria Temporal,
Abg. Paula Díaz Malaver
Exp: N° 5270/03.
ESV/PDM/flr.
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