REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

La Asunción, 17 de Enero de 2005
193º y 144º

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de 17 de Enero de 2005de este Circuito Judicial Penal , mediante la cual condenó a FELIX ANTONIO ALAS ANTON, 16.930.059, a cumplir la pena de Cinco (05) Años, Cuatro (04) Mesesde prisión, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve en los siguientes términos:
PRIMERO: Por cuanto la pena impuesta al reo FELIX ANTONIO ALAS ANTON, es la de Cinco (05) Años, Cuatro (04) Mesesde prisión, y dicho penado ha estado detenido desde el día 17 de Enero de 2005, hasta el día de hoy, esto es que tiene un tiempo de reclusión de un Ocho (08) Meses, Siete (07) Dias, faltando por cumplir la pena deCuatro (04) Años, Siete (07) Meses, Veintitres (23) Dias ,cumple pena 10 de Septiembre de 2009 y podrá optar al Beneficio de Libertad Condicional, previsto en el Segundo Aparte del Artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, a partir del día Libertad Condicional
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, impuestas al reo son:
1. INHABILITACIÓN POLITICA: Durante el tiempo que dure la condena, la cual cumplirá el reo hasta el día 10 de Septiembre de 2009.
2. SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: Por una quinta parte que dure la condena, terminada esta la cual cumplirá el reo en 04 de Octubre de 2010 Expídanse por secretaría copia certificada del presente auto y junto con oficio remítase al Representante del Ministerio Público de este Estado, actuante en el proceso, al defensor del penado de autos y a la Dirección del Internado Judicial de la Región Insular. Provéase lo conducente.
La Juez de Ejecución

Dra. CRUZ YASMINA SALAZAR.
La Secretaria,

Ab. Monserrat Pallares.



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Lo Certifico.-
La Secretaria,

Ab. Monserrat Pallares.







Causa00768AAR/MPT