REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 01 de Diciembre de 2005
195º y 146º
Vistas las actuaciones anteriores y las testimoniales rendidas por los ciudadanos CESAR JOSÉ RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ y MARÍA DEL VALLE ORDAZ ROJAS, quienes fueron contestes en señalar que les consta que la Sociedad Mercantil Hotel California, C.A., es propietaria de un inmueble construido en una parcela de terreno ubicada en el Sector El Yaque, Caserío Fuentes, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta; que entre noviembre de 1992 a diciembre de 1993 dicho inmueble se construyó a expensas de los socios y de préstamos privados y que el Hotel California consta de una planta baja, cuatro pisos y una azotea; el Tribunal comprobado como ha sido el derecho que el solicitante alega, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de La Sociedad Mercantil HOTEL CALIFORNIA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en fecha 29 de Octubre de 1.992, bajo el N°. 978, Tomo IV adicional N°. 19, sobre las bienhechurias constituidas en dos terrenos de su propiedad, los cuales se especifican a continuación: El primer terreno, que forma parte de una mayor extensión conformado por los lotes señalados en el plano general de notificación con los números: 16, 17, 18, 19 y 20, con una superficie de Dos Mil Veinticinco Metros Cuadrados (2.025,00 mts2), situado en el lugar denominado El Yaque, Caserío Fuentes, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, y cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: En Cincuenta y Cuatro Metros (54mts) con terrenos de Pablo Scapin y Lissmar Construcciones, C.A; SUR: En Cincuenta y Cuatro Metros (54 mts) con vía pública; ESTE: En Cuarenta y Cinco Metros (45mts), con Calle pública, y OESTE: En Cuarenta y Cinco Metros (45mts), con Calle y propiedad de Lissmar Construcciones, C.A. El segundo terreno señalado en el plano general de notificación con el número 21, con una superficie de Cuatrocientos Cinco Metros Cuadrados (405,00 m2), situado en el lugar denominado El Yaque, Caserío Fuentes, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, cuyos linderos y medidas son las siguientes: NORTE: En Veintisiete Metros (27mts) con terrenos de Gladis de Rivera; SUR: En Veintisiete Metros (27 mts) con terrenos de Inversiones Majada, C.A.; ESTE: En Quince Metros (15mts), con terrenos propiedad de Inversiones Majada, C.A, y OESTE: En Quince Metros (15mts), con vía pública. La parcela 21 le pertenece a La Sociedad Mercantil Hotel California, C.A., según consta de título protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha 09.06.1993, anotado bajo el N°. 2, Protocolo Primero, Tomo 10; y las parcelas Nros. 16, 17, 18, 19 y 20 según consta de título protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, en fecha 09.06.1993, anotado bajo el N°. 3, Protocolo Primero, Tomo 10.
Se deja a salvo los derechos de terceros, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal, y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dr. DARWIN RIVERA VELÁSQUEZ.
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ.
DRV/CF/nv.-
EXP. Nº. 1971-05.-