República Bolivariana de Venezuela




Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescentes
Tribunal de Ejecución

La Asunción, 09 de Diciembre Del año 2005
195° y 146°


Vistas las anteriores actuaciones, Visto así mismo lo solicitado por el Defensor Público Penal N° 08 (Suplente Especial) Dr. AGUSTIN MILLAN, este Tribunal en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por mandato del artículo 537 de la citada Ley Especial EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY procede a efectuar el cómputo en la presente causa, con la finalidad de ejercer un mejor control y vigilancia de las sanciones impuestas al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, observando; PRIMERO: Que en fecha 07/11/2005, este Tribunal realizó computo en la presente causa en el cual se dejó constancia que a los fines de este Despacho decretar el cumplimiento de la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, consistente en asistencia ante este Tribunal cada (15) días, el mismo le falta por cumplir con Tres (03) presentaciones que equivalen a Un (01) mes y Quince días; y por cuanto se observa a los folios que integran la presente causa, cursa inserto presentaciones realizadas por el mencionado adolescente, lo que quiere decir que el mismo ha dado fiel cumplimiento con las mismas. En consecuencia este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA CUMPLIDA Y EN CONSECUENCIA LA CESACION DE LAS SANCIONES DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, IMPUESTA AL JOVEN ADULTO: IDENTIDAD OMITIDA, consistente en presentaciones ante este Tribunal de ejecución. Cítese al mencionado adolescente, con el objeto de imponerlo de la presente decisión. Notifíquese. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCION, TEMPORAL


Dra. Emilia Valle de Lárez



LA SECRETARIA,



Abg. Zaida Montilva Flores



En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


LA SECRETARIA,



Abg. Zaida Montilva Flores









Causa N° E-235
EVDL/Ana Luz Flores**