REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1

La Asunción, 30 de Diciembre de 2.005

196º y 145º
DECRETA, la libertad del imputado RODOLFO JOSE NAAR GARCIA, plenamente identificado en autos y a quién se le imponen las medidas cautelares siguientes: 1) Presentarse por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada Quince (15) días; Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Nueva Esparta sin la Autorización del Tribunal; y Prohibición de verse involucrado en otro hecho punible. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad y ofíciese lo conducente a la Oficina del Alguacilazgo. Notifíquese a las partes Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 1

DR. JULIAN MILANO SUAREZ
LA SECRETARIA

Abog. LUISANDRA CAZORLA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abog. LUISANDRA CAZORLA

ASUNTO N° OP01-P-2005-006095