JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 09 de Agosto de 2005.-
195º y 146º
En mi condición de Juez me avoco al conocimiento de la presente causa, y vista la diligencia de fecha 12-07-2005, suscrita por el Abogado en ejercicio CARLOS TORRES VELASQUEZ, en su carácter de autos, Expediente N° 21.966, contentivo del juicio que por DESALOJO, incoara el diligenciante, contra LUIS HUMBERTO GOMEZ FLORES, mediante la cual desiste del presente procedimiento y teniendo facultad para ello; este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, y por cuanto en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir del procedimiento; conforme a lo dispuesto en la norma del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, según lo dispuesto en el artículo 263 eiusdem. Y así se establece.-
Igualmente se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el presente expediente, previa su certificación por secretaria. Archívese el presente expediente en su oportunidad de Ley. Cúmplase.-
|