JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 09 de Agosto de 2005.-
195º y 146º
En mi condición de Juez me avoco al conocimiento de la presente causa, y vista la diligencia de fecha 06-07-2005, suscrita por el ciudadano ENRIQUE PABLO LUIS FRESA FELICI, titular de la cédula de identidad Nro. 7.133.345. Asistido en este acto por el abogado en ejercicio GERARDO HEIINER ARTEAGA MORFFE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.668, expediente N° 21.423, contentivo del juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, incoara el diligenciante, contra GIORGIO COLAIACOMO, mediante la cual desiste del presente procedimiento y teniendo facultad para ello; este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, y por cuanto en cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir del procedimiento; conforme a lo dispuesto en la norma del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, según lo dispuesto en el artículo 263 eiusdem. Y así se establece.-
Igualmente se ordena la devolución de los documentos originales consignados en el presente expediente, previa su certificación por secretaria. Archívese el presente expediente en su oportunidad de Ley. Cúmplase.-