REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta

La Asunción, once de agosto de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : OP02-O-2005-000006

Visto que en fecha 18 de Julio del año dos mil cinco, se recibió proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, asunto contentivo de Recurso de Amparo Constitucional, por Declinatoria de Competencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, habiéndose admitido en fecha 19 de Julio de 2.005, en este sentido revisadas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente se desprende que la parte presunta agraviada ciudadano PABLO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.312.338, debidamente asistido por las Abogadas MARIA ROSAS PEREZ MATA y ANA MARÍA ROMERO BOLIVAR, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 28.300 y 29.481 respectivamente, interpuso acción de amparo en contra de la LINEA DE TAXIS SAN SIMÓN APÓSTOL, alegando que le fue violado, cercenado y transgredido derechos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 27 y 49, y a la vez solicita se le restablezca su cualidad de socio en la Junta Directiva de la Asociación LINEA DE TAXIS SAN SIMÓN APÓSTOL; ahora bien por cuanto de lo alegado por la parte presunta agraviada en su escrito de Amparo, se desprende que el derecho amenazado de violación corresponde a la materia civil y no a la materia laboral, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declina su competencia en razón de la materia por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de ésta Circunscripción Judicial, y se abstiene de continuar conociendo la presente causa, ordenando la inmediata remisión del mismo al Juzgado Distribuidor respectivo. Líbrese el oficio correspondiente.
La Juez Suplente Especial,

Lesbia Suárez

El Secretario
Yhoann Rodríguez

En esta misma fecha (11-08-05) se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

El Secretario


Yhoann Rodríguez