REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 07 de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° de Causa: OH01-L-2004-000048
Parte Actora:José Hernández, Carmen Marcano, Serviliano Mata, María de Los Angeles Millán, Antonio Millán, Albenis Millán, Pedro Salazar, Erineo Salazar, Ignacio Zabala, Eudomar Vásquez y Julio Zabala
Apoderados de la Parte Actora: Luís Alberto Alfonzo
Parte Demandada: Empresa Colectores de Aseo Urbano La Victoria, c.a.
Apoderados de la Parte Demandada:No Compareció
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales

En el día de hoy siete (07) de septiembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las dos y media de la tarde (2:30 p.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OH01-L-2004-000048, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR M., con la asistencia del secretario el Abogado YHOANN RODRIGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece el Abg. LUIS ALBERTO ALFONZO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.049.364 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.695 representante legal de los demandantes tal y como consta de poderes Apud-acta anexados en el expediente en fecha 03 de mayo y 12 de mayo de 2004. En este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por sí ni por medio de apoderado alguno, a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación. Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONSIDERA LA ADMISION DE LOS HECHOS. De conformidad con lo previsto en el Art. 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los cálculos correspondientes a las Prestaciones Sociales de los trabajadores actuantes en la presente causa se efecturán posteriormente.
EL JUEZ


Dr. EUCLIDES SALAZAR M.
EL SECRETARIO


Abg. YHOANN RODRIGUEZ