REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 
La Asunción, 22 de septiembre de dos mil cuatro
 
194º y 145º
 
ACTA DE AUDIENCIA 
 
 
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:	
 
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2004-000100
 
PARTE ACTORA: José Luis Gómez
 
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
 
PARTE DEMANDADA: Constructora Oscarly, C.A.
 
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: 
 
MOTIVO:Cobro de Prestaciones Sociales
 
 
En el día hábil de hoy, 22 de septiembre de 2004, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar  la  Audiencia Preliminar, se anunció el acto a las puertas de este Tribunal y se constató la incomparecencia de las partes. Se deja constancia que hizó acto de presencia de la Procuradora Especial de Trabajadores Abg. Marys Romero titular de la cédula de Identidad N° 8.399.385, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.817. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
 
EL JUEZ,
 
 
 
Dr. EUCLIDES SALAZAR
 
 
						  	               EL SECRETARIO,
 
 
 
Abg. YHOANN RODRIGUEZ
 
 
 
 
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