※ COMISION MERCANTIL N° 610:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
PARTE DEMANDANTE: Transportadora Margarita C.A. (TRANSMARCA), mediante su Apoderada Judicial, Dra. Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado.
PARTE DEMANDADA: Inversiones Gargón C:A:
MOTIVO: Cobro de Bolívares
MEDIDA: Embargo Ejecutivo
BIEN INMUEBLE EMBARGADO: Un inmueble distinguido con las siglas N° 81 y 83, que tiene una superficie de novecientos metros cuadrados (900 mtrs2), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la calle sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con calle N° 3 del parcelamiento.
AVALUO DEL BIEN EMBARGADO: Cuatro Millones cincuenta mil Bolívares (Bs. 4.050.000)
DEPOSITARIA JUDICIAL NOMBRADA: Depositaria Judicial del Nueva Esparta C.A. Representante: Francisco Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad N° 3.825.938.
Fecha de Traslado: 7/9/04.
Estado Actual: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, mediante Oficio N° 277 de fecha 10/9/04, constante de 21 foliuos útiles.

ACTA DE TRASLADO

En esta fecha Siete (07) de Septiembre de Dos mil cuatro, siendo las Once Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, para tener fuga la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo, ordenada por el Juzgado Municipio Díaz de esta Circunscripción Judicial, en el comisión juicio que por Cobro de Bolívares sigue Transportadora Margarita, C.A. (TRANSMARCA), contra Inversiones Gargon, C.A, y oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, se trasladó el Tribunal en compañía de la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 48.510, en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora, de una Comisión Policial al mando del Distinguido Wilfredo Bello, titular de la cédula de identidad 14.046.101, y se Constituyó en el sitio denominado Guatacaral Caserío Gómez del Espinal, Municipio Díaz de este estado, específicamente en la Urbanización Brisas de la Sierra, sitio en el que se encuentran ubicados los inmuebles objeto de la presente medida. Constituidos en dicho sitio, se abrió el acto, presente el ciudadano José Ch. Revilla, titular de la cédula de identidad número 5.827.989, en su condición de Oficial de Seguridad de la referida urbanización, a quien se le notificó nuevamente la misión del tribunal, previa lectura del exhorto que encabeza estas actuaciones. Seguidamente la Apoderada Judicial de la parte actora, Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada, expone: Señalo para ser embargado el inmueble distinguido con las siguientes siglas N° 81 y 83, que tiene una superficie de Novecientos Metros Cuadrados (900 Mts²), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la Calle Sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con Calle N° 3 del parcelamiento, la cual se evidencia de copia fotostática del plano de la lotificación a los efectos de su ubicación de referidas parcelas e igualmente copia de plano de menor tamaño en el que se identifican las casas construidas sobre dichas parcelas, las cuales consigno en este acto. Acto seguido el Tribunal nombra Perito Avaluador al ciudadano Pedro Ordaz Guerra, titular de la cédula de identidad número 1.823.773 y Depositaria Judicial al ciudadano Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad número 3.825.938, en su condición de representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. El Perito Avaluador nombrado al efecto expone: Valoro el inmueble construido por dos parcelas signada con los números 81 y 83 debidamente especificado en la comisión en la cantidad de Cuatro Millones Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 4.050.000). El tribunal declara embargado ejecutivamente el bien inmueble anteriormente identificado y señalado por la Apoderada Judicial de la parte actora y ordenada en la comisión que encabeza estas actuaciones, poniéndolo en posesión de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., en su representante ciudadano Francisco Antonio Cañas, antes identificado, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia. En tal sentido el tribunal deja constancia que sobre la parcela número 81 están construidas tres viviendas identificadas con los números 92, 93 y 94 y sobre la parcela N° 83 están construidas tres viviendas identificadas con los números 98, 99 y 100. El tribunal ordenó fijar el correspondiente Cartel de Notificación en el poste de Electricidad ubicado en la Calle Sur. Así mismo se ordena oficiar al Registrador Subalterno correspondiente. Acto Seguido la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada expone: Solicito del tribunal se remita la presente comisión al Juzgado de la Causa, dejando constancia en este acto de que me reservo el derecho de seguir señalando bienes a embargar de la demandada. Es todo. Vista la exposición de la apoderada judicial de la parte actora, en lo referente a la devolución de la comisión se proveerá por auto aparte. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del tribunal acuerda regresar a su sede natural siendo las Doce y Diez Post-Meridiem. Terminó, se leyó y conformes firman.- El Juez Suplente Especial Dr. Gaspar Dubois Arismendi (ls)(fdo). La Apoderada Judicial (fdo). La Comisión Policial (fdo.) El Notificado (fdo.). El Perito Avaluador (fdo). El Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta. C.A.,(fdo). La Secretaria. (fdo). En la misma fecha (07-09-04) se constituyó el Tribunal en su sede natural y se envió Oficio N° 270 al ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Díaz de este estado, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.- La Secretaria. (ls)(fdo).