※ COMISION MERCANTIL N° 609:
JUZGADO COMITENTE: Juzgado del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
PARTE DEMANDANTE: Transportadora Margarita C.A. (TRANSMARCA), mediante su Apoderada Judicial, Dra. Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado.
PARTE DEMANDADA: Inversiones Gargón C:A:
MOTIVO: Cobro de Bolívares
MEDIDA: Embargo Ejecutivo
BIEN INMUEBLE EMBARGADO: Un inmueble distinguido con las siglas N° 81 y 83, que tiene una superficie de novecientos metros cuadrados (900 mtrs2), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la calle sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con calle N° 3 del parcelamiento.
AVALUO DEL BIEN EMBARGADO: Cuatro Millones cincuenta mil Bolívares (Bs. 4.050.000)
DEPOSITARIA JUDICIAL NOMBRADA: Depositaria Judicial del Nueva Esparta C.A. Representante: Francisco Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad N° 3.825.938
Fecha de Traslado: 7/9/04.
Estado Actual: Devuelta Cumplida al Juzgado de l Causa, anexo a Oficio N° 276 de fecha 10/9/04, constante de 22 folios útiles.

ACTA DE TRASLADO

En esta fecha Siete (07) de Septiembre de Dos mil cuatro, siendo las Nueve Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Medida Ejecutiva de Embargo, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial de este estado, en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue Transportadora Margarita, C.A. (TRANSMARCA), contra Inversiones Gargon, C.A, se trasladó el Tribunal en compañía de la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 48.510, en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora, de una Comisión Policial al mando del Distinguido Wilfredo Bello, titular de la cédula de identidad 14.046.101, y se Constituyó en el sitio denominado Guatacaral Caserío Gómez del Espinal, Municipio Díaz de este estado, específicamente en la Urbanización Brisas de la Sierra, sitio en el que se encuentran ubicados los inmuebles objeto de la presente medida. Constituidos en dicho sitio, se abrió el acto, el tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano José Ch. Revilla, titular de la cédula de identidad número 5.827.989, en su condición de Oficial de Seguridad de la referida urbanización, a quien se le explicó que no podía impedir el acceso a la urbanización al tribunal, por cuanto esta facultado para ingresar tanto por el Juez de la Causa como por la normativa legal correspondiente. Se procedió a explicarle en que consiste la medida a los fines de su conocimiento. Seguidamente la Apoderada Judicial de la parte actora, Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada, expone: Consigno en este acto Copia Fotostática del Plano de la Lotificación a los efectos de la ubicación de las parcelas número 81 y 83 a las que contrae la presente comisión o decreto emanado del tribunal de la Causa. En tal sentido solicito se declaren embargadas las parcelas antes mencionadas. Igualmente consigno copia de plano de menor tamaño en el que se identifican las casas construidas sobre dichas parcelas. Acto seguido el Tribunal nombra Perito Avaluador al ciudadano Pedro Ordaz Guerra, titular de la cédula de identidad número 1.823.773 y Depositario Judicial al ciudadano Francisco Antonio Cañas, titular de la cédula de identidad número 3.825.938, en su condición de representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley. La Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada, expone: A los fines del embargo, hago conocimiento del tribunal lo cual también consta en la comisión, que le pertenecen dichas parcelas según documento registrado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Díaz de este estado, en fecha 22 de Mayo del año 2001, anotado bajo el número 28, folios 156 al 159, Protocolo Primero, Tomo N° 4, Segundo Trimestre del Año 2001. El Perito Avaluador nombrado al efecto expone: Valoro los lotes de terreno en la cantidad de Cuatro Millones Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 4.050.000). El tribunal acto seguido el tribunal declara embargado ejecutivamente el bien inmueble constituidos por las dos parcelas (N° 81 y 83), señaladas por la referida Apoderada Judicial Dra. Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, que tienen una superficie de Novecientos Metros Cuadrados (900 Mts²), cuyos linderos son: NORTE: Con parcela N° 79 del parcelamiento; SUR: Con la Calle Sur del parcelamiento; ESTE: Con parcela N° 82 y la parcela N° 84 que es o fue de Gustavo Gutiérrez y OESTE: Con Calle N° 3 del parcelamiento, poniéndolo en posesión de la Depositaria Judicial Nueva Esparta C.A., en su representante ciudadano Francisco Antonio Cañas, antes identificado, quien lo recibe conforme para su guarda y custodia. En tal sentido el tribunal deja constancia que sobre la parcela número 81 están construidas tres viviendas identificadas con los números 92, 93 y 94 y sobre la parcela N° 83 están construidas tres viviendas identificadas con los números 98, 99 y 100. El tribunal ordena fijar el correspondiente Cartel de Notificación en el poste de Electricidad ubicado en la Calle Sur. Así mismo se ordena oficiar el correspondiente Registrador Subalterno. Acto Seguido la Doctora Delvalle Damelis Jiménez de Maldonado, antes identificada expone: Solicito del tribunal se remita la presente comisión al Juzgado de la Causa, dejando constancia en este acto de que me reservo el derecho de seguir señalando bienes de la demandada. Es todo. Este Tribunal acuerda regresar a su sede natural y en lo referente a la devolución de la comisión proveerá por auto aparte. Terminado el acto del traslado acuerda regresar a su sede natural siendo las Diez y Treinta Antes-Meridiem. Terminó, se leyó y conformes firman.- El Juez Suplente Especial, Dr. Gaspar Dubois Arismendi (ls)(fdo). La Apoderada Judicial (fdo). El Notificado (fdo.). El Perito Avaluador (fdo). El Representante de la Depositaria Judicial Nueva Esparta. C.A.,(fdo). La Comisión Policial (fdo.). La Secretaria. (fdo). En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural y se envió Oficio N° 269 al ciudadano Registrador Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.- La Secretaria. (ls)(fdo).