REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Porlamar, once de octubre de dos mil cuatro
194° y 145°
Vista la anterior TRANSACCION suscrita en fecha 07-10-2004, por el abogado JOSE ANTONIO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.030, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NILDA PIETROBONO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.984.626, domiciliada en Caracas, parte actora, y el ciudadano FRANCISCO J. CUADROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.754.588, debidamente asistido por la abogado MARIA ROSA PEREZ MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.300, parte demandada en el Juicio RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, el Tribunal imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.-
EL JUEZ,
Dr. MOISES E. MILLAN CAMACHO.
LA SECRETARIA,
ROMA FERNANDEZ GUTIERREZ.
NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, consta,
LA SECRETARIA,
yosrelis
Exp. Civil N° 04-2301.-
|