REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 03 de noviembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO: OP02-L-2004-000302
PARTE ACTORA: Liliana Torreira
Apoderado Por: Karina Rodríguez Calles
PARTE DEMANDADA: Inmobiliaria Los Geranios, Ateneas Vacaciones y Olimpo Vacaciones C.A.
Apoderado Por: Bartolomé Fermín y Victoria Navia
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

Vista la Transacción presentada en fecha 03 de noviembre de dos mil cuatro, por la ciudadana Liliana Torreira titular de la cédula de Identidad Nº V- 14.300.208, asistida por la Abogado Karina Rodríguez Calles, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.937, por la parte demandante y por la parte demandadada la Abogado Victoria Navia venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 13.735.552 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.454, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa Inmobiliaria Los Geranios, Ateneas Vacaciones y Olimpo Vacaciones C.A. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, en razón que la Transacción no es contraria a derecho y no vulnera los derechos irrenunciables del Trabajador ni normas del orden Publico, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole el efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con el ordinal 2 del articulo 89 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y asimismo se ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ


Dr. EUCLIDES SALAZAR MATA
EL SECRETARIO


Abg. Yhoann Rodríguez