REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA


ACTA


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Expediente No:OH01-L-2004-000066
Parte Actora: JUAN PABLO RAMÍREZ ESPINOSA
Asistidos por: MIGDALIS ACOSTA GAMBOA Y PEDRO ELIAS FERNÁNDEZ LEÓN
Demandada: ULTRAMAR EXPRESS C.A. Y PLANETA EXPRESS, C.A.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos.


En el día hábil de hoy, 05 de mayo de 2004, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Juzgado el ciudadano JUAN PABLO RAMÍREZ ESPINOSA, asistidos en este acto por los Abgs. MIGDALIS ACOSTA GAMBOA Y PEDRO ELÍAS FERNANDEZ LEÓN, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.222.580 y 8.306.172 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 85.865 y 41.342, en su carácter de parte actora. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. En consecuencia, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal procede a dictar sentencia en forma oral, declarando que una vez analizada la petición del demandante y encontrando que no es contraria a derecho, se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante, y en tal sentido, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión intentada, condenándose a la parte demandada al pago de los conceptos y montos reclamados por la Demandante:

Asignaciones
Remuneraciones Art. Nª Dìas Sueldo Prom. Total a Pagar
Antigüedad 108 186,00 1.591.321,63
Vac. y Bono Vac. 00-01 225 22,00 8.571,43 188.571,46
Vac. y Bono Vac. 01-02 225 24,00 8.571,43 205.714,32
Vac. y Bono Vac. 02-03 225 26,00 8.571,43 222.857,18
Vac. y Bono Vac. Fracc. 225 7,00 8.571,43 60.000,01
Utilidades 00 174 1,25 8.571,43 10.714,29
Utilidades 01 174 15,00 8.571,43 128.571,45
Utilidades 02 174 15,00 8.571,43 128.571,45
Utilidades 03 174 15,00 8.571,43 128.571,45
Utilidades Fraccionadas 174 1,25 8.571,43 10.714,29
Intereses Sobre Prestaciones 108 591.800,32
Domingos y Feriados 208,00 8.571,43 1.782.857,44
Sub-Total 5.050.265,28

De conformidad con lo previsto en los artículos 59 y 63 de la Ley OrgánicaProcesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada. Se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con el Artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a fin de determinar y cuantificar el monto de intereses de mora, desde la fecha de finalización de la relación laboral hasta la definitiva cancelación de la misma, de igual manera calcular la corrección monetaria de las cantidades adeudadas desde la fecha de admisión de la demanda hasta su total y definitiva cancelación, tomando en consideración el Índice de Precios al Consumidor del Área Metropolitana de Caracas.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
LA JUEZ,

Abg. ROMY MÉNDEZ RUIZ


LA SECRETARIA,


Abg. BENILDE ELENA AGUILLÓN



ASUNTO : OH01-L-2004-000066