***** COMISION CIVIL N° 589
JUZGADO COMITENTE: Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Con Oficio N° 2940.099 de fecha 26/3/2004. Recibido el día 29/3/2004.
PARTE ACTORA: Víctor Samuel Campo
PARTE DEMANDADA: Manuel Guerra Hoguett
MOTIVO: Resolución de Contrato de Arrendamiento – Entrega Material
ESTADO ACTUAL: Devuelta Cumplida al Juzgado de la Causa, mediante Oficio N° 155 de fecha 2/6/2004, constante de veintiún (21) folios útiles.
ACTA DE TRASLADO
En esta fecha Treinta y Uno de Mayo de Dos mil cuatro, siendo las Diez Antes-Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Arismendi, Antolin del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la Entrega Material, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolin del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio que por Resolución de Contrato de Comodato sigue Víctor Samuel Campo contra Manuel Agustín Guerra Hoguett, se trasladó el Tribunal en compañía del ciudadano Víctor Samuel Campo, asistido en este acto por la Doctora Flora M. Villalba, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 92.593, de una Comisión Policial al mando del Inspector Pedro Mata, titular de la cédula de identidad número 9.411.160, de una Miembro del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez de este estado, y se constituyó en una vivienda de uso familiar, ubicada en el sitio Suárez, Jurisdicción del Municipio Gómez de este estado, con la siguiente distribución: Una (1) Sala Comedor; una (1) cocina; un (1) baño; sitio especificado en la presente comisión y al cual fue conducido este tribunal por la parte actora. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, el tribunal en vista de que el inmueble en referencia se encuentra desprovisto de ventanas y puertas procede a ingresar al mismo a los fines de verificar el estado en que se encuentra y proceder a materializar la medida. Acto seguido la parte actora ciudadano Víctor Samuel Campo, con la debida asistencia jurídica expone: Solicito del tribunal materialice la medida ordenada por el comitente y me sea puesta en posesión de la misma libre de bienes y de personas, dejando constancia en este acto de que a dicho inmueble le fueron removidos los marcos de las puertas y de las ventanas, así como estas últimas. Igualmente fue derrumbado un mesón de la cocina, cuyos escombros se hayan en el interior de dicha vivienda, la cual se haya en total estado de deterioro y de suciedad. Es todo. Este tribunal vista la exposición de la parte actora, procede en consecuencia a hacer entrega material, del bien descrito en la presente acta, poniéndolo en posesión de la parte actora quien se encuentra debidamente asistida, libre de bienes y de personas. Se ordena fijar el correspondiente Cartel de Notificación en la fachada principal del inmueble visto que no posee puertas. Terminado el acto del traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo las Once y Treinta minutos Antes – Meridiem, dejando constancia este tribunal que se encontraba presente la abogada Carmen Verde, titular de la cédula de identidad número 14.054.239, representante del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez de este estado. Terminó se leyó y conformes firman.- El Juez Suplente Especial, Dr. Gaspar A. Dubois Arismendi (ls)(fdo). La Parte Actora y su Abogada Asistente (fdo). Por La Comisión Policial (fdo). Por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Gómez (fdo). La Secretaria.(fdo).
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme está ordenado en la presente acta. Conste.- La Secretaria. (ls)(fdo).
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