Porlamar, Veintiocho (28) de Mayo de deos mil cuatro (2004)
194° y 145°
Vista la diligencia suscrita por HECTOR RAMON HERNANDEZ, cédula de identidad N° 5.856.967, asistido por la Dra. MAIGUALIDA LOPEZ GONZALEZ, inpreabogado N| 46.049 y la Ciudadana JEANNETTE ISOLINA AGUILLON NAVARRO, cédula de identidad N° 11.297.803, asistida por NEIDA GONZALEZ LOPEZ, inpreabogado N° 55.327, mediante la cual ratifican la diligencia de fecha 15 de Marzo de 2004, y piden se homologue la presente Transación, se expidan dos copias certificvadas de estra transacción y el auto de homologación y que una vez que conste en auto el cumplimiento de la presente transación, ordene la terminación del presente juicio y el archivo respectivo del expediente. Este tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, asdí mismo en concordancia con los artículos 111 y 112 Ejusdem ordena se expidan por secretaria las copias certificadas solicitadas y no se archive el presente expediente hasta tanto no conste en auto el cumplimiento de la transacción. Cúmplase.
El Juez,

Dr. Juan José Anuel Valdivieso
La Secretaria,

Yanette González González
JJAV/ygg
Exp N° 379.04