REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

IDENTIFICACION DE LAS PARTES
Expediente No: 0238-04
Parte Actora: JAIME ANTONIO MORALES BRIZUELA
Apoderado de la Parte Actora: Mónica Palencia Maldonado y Simón Villafranca Castillo
Parte Demandada: Distribuidora Polar de Oriente C.A.
Apoderado de la parte demandada: Cristina Marzoli Ortiz
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros Conceptos.

En el día de hoy diecisiete (17) de marzo del año 2004, siendo las cuatro de la tarde (04:00 P.M.) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. 0238-03, se constituye el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Ciudadano Juez Doctor EUCLIDES SALAZAR, con la asistencia de la secretaria la ciudadana BENILDE E. AGUILLON R. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece el Ciudadano Jaime ANTONIO MORALES BRIZUELA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.573.297, representado en este acto por los Abogados en ejercicio ciudadanos, Mónica Palencia Maldonado y Simón Villafranca Castillo venezolanos, mayor de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 6.727.910 y 13.670.551 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.39.249 y 92.552 respectivamente, por la parte Demandante; tal y como consta en Poder Autenticado por ante La Notaria Publica de Pampatar en fecha 25 de Junio de 2002 anotado bajo el N° 72, Tomo 35 de los Libros llevados por esa Notaria y Poder Apud Acta consignado en el Expediente por la Parte Demandante y por la parte demandada la Empresa. Distribuidora Polar de Oriente C.A. Representada en este acto por la Abogado en ejercicio Cristina Marzoli Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.968.969 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 43.817 según se evidencia en instrumento Poder autenticado en fecha veintiuno (21) de Mayo de 2003, anotado bajo el N° 91, Tomo 70 de los libros de autenticaciones llevados por la Notaria Publica Novena del Municipio Libertador Distrito Capital. Y el ciudadano Jaime Morales en su condición de director de la Distribuidora CESJHAR S.R.L. asistido en este acto por la Abg. Anabel Camejo Marín e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.256, quien consigna en este Acto escritote prueba constante de dos (02) folios utiles. Este Tribunal deja constancia de que, no obstante que el Juez personalmente trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes sin lograrse la mediación, da por concluida la Audiencia Preliminar.
En virtud de todo lo antes expuesto y de conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar en este mismo acto al expediente, las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Asimismo, se le informa a la parte demandada que deberá consignar escrito de contestación de la demanda dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a esta Audiencia, de conformidad con el artículo 135 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
EL JUEZ

Dr. EUCLIDES SALAZAR

LA SECRETARIA

Abg. BENILDE AGUILLON RANGEL

LA PARTE DEMANDANTE


LA PARTE DEMANDADA


Exp. N° 0238-03
ESM/BAR/ mc