REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO MARIÑO Y GARCIA

Porlamar, diecinueve (19) de marzo de dos mil Cuatro (2004)
193° y 144°


Vista la transacción, efectuada por el ciudadano LUIS JESUS GUERRA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula De Identidad N° 13.669.371, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.825, Apoderado Judicial de PALMIRO JOSE BERRIOS, identificado en autos, según poder Apud-Acta de fecha 4 de febrero de 2004 y el Ciudadano PEDRO LAPREA VENTURA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula De Identidad N° 4.142.448 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26. 264,, Apoderado Judicial del Ciudadano ALEJANDRO ORTEGA VAZ, suficientemente identificado en auto, según poder Otorgado por ante la Notaria Publica Segunda de Porlamar, en fecha 27 de febrero de 2004, anotado bajo el N° 27, tomo 12. Este Tribunal le imparte su homologación. De conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. No se archive el expediente hasta tanto no se de cumplimiento de los términos del presente transacción.
El Juez,

Dr. Juan José Anuel Valdivieso

La Secretaria,

Yanette González González
JJAV/ygg
EXP N° 0365/04