REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
LA ASUNCION, DOS DE MARZO DEL DOS MIL CUATRO.-
193° Y 145°
Vista la anterior diligencia de fecha 01-03-2004, suscrita por la ciudadana NIDIA GOMEZ DE CARABALLO, mayor de edad, venezolana, , titular de la cédula de Identidad Personal N° 9.305.143, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.434, domiciliada en La Mira,, Quinta Diana, Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, Apoderada Judicial de la ciudadana TEODORA CARABALLO; Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 2.833.817, domiciliada en El Rincón de la Fuente, Vía Principal, Municipio Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, parte actora en el juicio seguido por ante este Tribunal contra la ciudadana DAYSI ALICIA BRITO VICENT, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 8.346.121, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO , en la cual la Desiste de la demanda por cuanto la parte demandada desocupó la vivienda objeto de esta causa y llegó a un acuerdo con su mandante den los pagos insolventes, este Tribunal le imparte su Homologación de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.- Se ordena el archivo del presente Expediente.-
El Juez Temporal,
Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-
El Secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez F.-
En esta misma fecha, Dos de Marzo del Dos Mil Cuatro, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
El Secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez F.-
Exp. .N° 1028-03