REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE RPIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESATDO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 25 de Junio de 2004.
194° y 145°
Vista la diligencia de fecha tres (03) de Junio de 2004, presentada por la abogada AURA LUISA ROJAS PARRA, actuando en este acto en representación de la parte actora, ciudadano WILMER IANNI CAMPOS, ya identificado en autos, mediante el cual solicita a este Tribunal se decrete medida de prohibición de enajenar y gravar sobre un vehículo, y por cuanto el bien al cual se refiere dicha solicitud es un bien mueble con desplazamiento, el artículo 588 del Código de procedimiento Civil al efecto señala que el decreto de la medida de prohibición de enajenar y gravar solo procede sobre bienes inmuebles. De manera que este Tribunal niega la solicitud formulada por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el Numeral 3 del citado artículo. Así se establece.-