REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 26 de Julio de 2004
193° y 145°
Vista las actuaciones anteriores y el justificativo evacuado al efecto con las testimoniales de los ciudadanos NERY LUZ GARCÍA DE CARABALLO y YULMARY DEL CARMEN RIVAS NARVÁEZ, ya identificados y comprobado el derecho que los solicitantes alegan, este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus, ciudadana IRAMA MARGARITA CARABALLO DE TILLERO, al ciudadano ALFREDO TILLERO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.822.321, en su condición de cónyuge, y a los ciudadanos LISETTE DEL CARMEN, ALFREDO RAFAEL y MAYSLETH DEL VALLE TILLERO CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.505.572, 13.668.858 y 15.896.936, respectivamente, en su condición de hijos.
Se deja a salvo los derechos de terceros, de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese constancia de este decreto en el libro diario llevado al efecto por este Tribunal, y devuélvanse los originales de las presentes actuaciones a la parte solicitante dejándose en su lugar copias certificadas, las cuales se expedirán de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA,
Abg. CECILIA FAGUNDEZ.-
JSDC/CF/nv.-
EXP. N°. 1735-04.-