REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 12 de Enero de 2004
193º y 144º


Visto el desistimiento anterior, suscrito en fecha 17-12-2003 por la abogada SANDRA VILLALBA, el Tribunal acuerda de conformidad, y en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo prescrito en la norma del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena el archivo del presente expediente. Y ASI SE ESTABLECE.-
Asimismo, ordena la devolución, previa su certificación por Secretaría, de las tres (3) Letras de Cambio que reposan en la caja de seguridad de este Despacho y las cuales corren insertas a los folios de l 06 al 08, ambos inclusive. Todo de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-