REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 12 de Enero de 2004.-
193º y 144º


Visto el escrito de reforma de fecha diecisiete (17) de Diciembre de 2003, presentada por los abogados en ejercicio ILDEGAR GARRIDO FAJARDO y FREDDY RANGEL RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 37.799 y 80.557, en su carácter acreditado en autos. En consecuencia, este Tribunal a los fines de proveer, ordena revocar el auto de admisión de fecha 05-03-2002, y consecuencialmente declara nulo todo lo actuado a partir de la referida fecha. Cúmplase.-