Porlamar, 14 de diciembre de 2004
194° y 145°
Visto el DESISTIMIENTO de fecha 22 de noviembre de 2004, suscrito por el Ciudadano MONICO DEL JESUS ALFONZO LEON, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº. 8.392.311, y de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio DAVE ARVELO, inscrito en el Inpreabogado con el Nº. 31.938, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue contra el Ciudadano ROBERTO AMBROSIO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro.9.305.533, domiciliado Calle Las Trinitarias, Edificio Paradise Tower, de la Urbanización Costa azul de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo definitivo del expediente. CUMPLASE.
EL JUEZ,
ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
MML/AVC*mam.-
Exp. Nº. 04-972.-
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