REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI ANTOLIN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
LA ASUNCION, CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CUATRO.-


194° y 145°


Vista la diligencia de fecha 09-12-2004, presentada por el Abogado CARLOS SANCHEZ Vegas, Abogado en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº 9.965.378 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 54.318, actuado en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ROLF LORENZ, de nacionalidad Alemana, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Personal Nº E-82.186.408, mediante la cual consigna constante de cuatro (04), folios útiles transacción realizada por las partes en el presente juicio, a los fines de que este honorable Juzgado se sirva impartir la correspondiente homologación, con el carácter de cosa Juzgado y por consecuencia ordene el Archivo del Expediente y vista la Transacción Judicial suscritas por el mencionado CARLOS SANCHEZ-VEGAS, ya identificado y el demandado ciudadano STEGEMAN VOLKER DIETER HERBERT, quien es de nacionalidad Alemana, mayor de edad, comerciante, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Personal Nº E-82.272.762, asistido por el Dr. LUIS EUGENIO CORREA GUEVARA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal Nº 9.147.838, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.475 , la cual fue notariada en fecha 07 de diciembre del año en curso por ante la Notaria Pública Segunda de Porlamar del Estado Nueva Esparta por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil., se levanta la medida de Embargo preventivo decretado en fecha 24 de Agosto del 2004 y se ordena oficiar al ciudadano Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Díaz y Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que envié a la brevedad posible la comisión que le fuera enviada en fecha 24-08-2004, mediante oficio Nº 2940-327 y una vez que conste en auto dicha comisión se archivará el presente Expediente.-
El Juez Temporal,



Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-
El Secretario,



Br. Alfredo José Rodríguez F.-


En esta misma fecha, Catorce de Diciembre del Dos Mil Cuatro, se envió oficio Nº 2940-524 al ciudadano Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Díaz y Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, tal como está ordenado en el auto anterior.- Conste.-
El Secretario,



Br. Alfredo José Rodríguez F.-