REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 14 de Diciembre de 2.004
194º y 145º
En mi condición de Juez Temporal de este Juzgado, me avoco al conocimiento de la presente causa.
Visto el desistimiento del procedimiento de fecha 8-12-2004, presentado por el abogado YVÁN HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 64.241, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano GIORGIO COLAIACOMO, este Tribunal para proveer observa:
- Que el abogado YVÁN HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, quién actúa como apoderado judicial de la parte actora, ciudadano GIORGIO COLAIACOMO, según se desprende del poder conferido por ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar del Estado Nueva Esparta, en fecha 19-06-03, bajo el N°. 22, Tomo 30, fue debidamente facultado para desistir en la presente causa por el referido ciudadano
-Que el desistimiento versa sobre derechos disponibles-
En tal sentido, con base a lo anterior este Tribunal imparte su homologación en todas y cada una de sus partes. Téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente.
EL JUEZ TEMPORAL,
Dr. DARWIN RIVERA VELÁSQUEZ-
LA SECRETARIA TEMPORAL
MARIA ISABEL LEÓN
DRV/MIL/gdeo-
Exp. Nro. 7490-03