REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 13 Diciembre de 2004
194º y 145º
En mi condición de Juez Temporal de este Juzgado, me avoco al conocimiento de la presente causa.
Visto el informe de partición presentado por el ciudadano ORLANDO ANTONIO AGUILLON, en su carácter de partidor designado en el presente juicio, este tribunal a los fines de proveer en relación a la homologación de dicha partición observa:
Se desprende que el partidor en su informe de fecha 01-12-04, procedió a señalar que:
…” DETERMINACIÓN Y ISTRIBUCIÓN DE LA PARTICIÓN: Al ciudadano RODOLFO ENRIQUE RODRIGUEZ SALAZAR se le adjudica la parcela marcada “A”, en el plano anexo, la cual tiene un área aproximada de doscientos sesenta y cinco metros cuadrados con cincuenta y cinco decimetros cuadrados ( 265.55 Mts2) y esta alinderada asi: por el norte: En diecisiete metros con setenta centímetros ( 17,70 Mts) con parcela “B”, asignada en esta partición al ciudadano ANGEL MIGUEL CARABALLO VASQU; Sur: En dieciocho metros con siete centímetros ( 18,07 mts) con propiedad de MARGARITA PEREIRA; Este: su frente, en catorce metros con ochenta y seis centímetros ( 14,86 Mts) con la calle Fajardo y Oeste: en catorce metros con ochenta y cinco centímetros ( 14,85 Mts) con terreno propiedad de JESUS HERNANDEZ FUENTES, tal como se especifica en el plano de levantamiento topográfico, marcado con la letra “C” anexado al presente informe.
Al ciudadano ANGEL MIGUEL CARABALLO VASQUEZ se le adjudica la parcela marcada “B” en el plano anexo, la cual tiene un área aproximada de ciento cincuenta y cinco metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados ( 155.50 Mts2), y esta alinderada asi: Por el norte: uno de sus frentes, en dieciséis metros con cincuenta y cinco centímetros ( 16,55 Mts) con la calle Zamora; Sur: En diecisiete metros con setenta centímetros (17.70 Mts) con la parcela “A”, adjudicada en esta partición al ciudadano RODOLFO ENRIQUE RODRIGUEZ SALAZAR, Este: Su otro frente, en siete metros con treinta y seis centímetros ( 7.36 Mts) con la calle Fajardo y Oeste: En ocho metros con ochenta y dos centímetros ( 8,82 Mts) con terrenos propiedad de JESUS HERNANDEZ FUENTES, tal y como se especifica en el plano de levantamiento topográfico, marcado con la letra “C”, anexado al presente informe…”

En relación a lo antes señalado, ha sido conteste la jurisprudencia al afirmar que en lo que respecta a la adjudicación de las cuotas por el partidor, a su vez, el artículo 783 del Código de Procedimiento Civil, prevé con mucha mayor precisión cómo ha de realizar tal actividad el referido funcionario. De modo que, efectivamente, el partidor ésta llamado por Ley a realizar las referidas adjudicaciones, las que solo serán definitivas si los interesados no hicieren objeción a ellas dentro del plazo de diez días siguientes a la presentación de la partición, tal como lo prevé el artículo 785 del mismo Código. En tal sentido, al no haber objeciones y al estar las partes de mutuo acuerdo en dicha partición tal y como se evidencia del acta levantada en fecha 09-11-04, este tribunal homologa el escrito de partición de fecha 01-12-04, tal como lo estableció el partidor, ciudadano ORLANDO ANTONIO AGUILLON.
EL JUEZ TEMPORAL,

Dr. DARWIN RIVERA VELASQUEZ.
LA SECRETARIA TEM.-

MARIA LEON LAREZ
DRV/MLL/pbb.-
EXP. Nº. 7593-03