REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 20 de Diciembre 2004
194° y 145°
Revisadas minuciosamente las actas que conforman la presente solicitud, el Tribunal encuentra: las declaraciones de las ciudadanas KATIMAR JOSE FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y MARITZA DEL CARMEN PACHECO MONTILLA, venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cedulas de identidad N° 9.429.296 y 9.167.562, respectivamente, fueron validamente recogidas por el Tribunal, y en consecuencia, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, declara que las actuaciones realizadas en la presente solicitud se hicieron validamente pues, se cumplió en su evacuación de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Hecho lo anterior, devuélvanse los originales a su solicitante, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado. Cúmplase-